El Consejo Académico de la Universidad de La Guajira es la máxima autoridad académica de la institución. Su principal objetivo es dirigir, coordinar y regular todo lo relacionado con los asuntos académicos de la universidad, garantizando la calidad en la formación, la investigación, la extensión y el bienestar universitario.


Cronograma
| Mes | Día | Mes | Día |
|---|---|---|---|
| Enero | 20 | Julio | 15 |
| Febrero | 11 | Agosto | 15 |
| Marzo | 11 | Septiembre | 09 |
| Abril | 08 | Octubre | 15 |
| Mayo | 13 | Noviembre | 11 |
| Junio | 10 | Diciembre | 10 |
Consejo Académico

Carlos Arturo Robles Julio
Rector

Marlin Aarón Gonzalvez
Vicerrectora Académica

Boris Romero Mora
Vicerrector Financiero

Carlos Mario Márquez
Vicerrector de Investigación

Yuleimis Amaya
Vicerrectora de Calidad

Milvia Zuleta Pérez
Decana F. Ciencias Sociales y Humanas

Luis Viecco Rivadeneira
Decano Facultad Ingeniería

Kerry Johana Díaz Fuenmayor
Decano Facultad Ciencias Básicas

Katia Peña Benjumea
Decana F. Ciencias Educación

Dalma Medina Caicedo
Decano F. Ciencias Económicas Administrativas

Martha Mulato Mejía
Decana F. Ciencias de la Salud

José Del Carmen Bastidas
Rep. Principal de los Docentes

Blas Núñez Tovar
Suplente Rep. Docentes

Samir Ortiz Piñeres
Rep. Estudiantes

Paola Vanegas Pérez
Rep. Directores de Programa

Grehisly Rocio Ricciulli
Directora De Regionalización

Tatiana Beatriz Martínez Gómez
Secretaria general
Funciones
- Decidir sobre el desarrollo académico de la Institución, especialmente en cuanto a programas de investigación, de docencia y de extensión.
- Adoptar las políticas académicas referentes al profesorado y al estudiantado.
- Aprobar los planes de investigación, curriculares y de extensión que deba ejecutar la Universidad, y evaluarlos periódicamente.
- Actuar como organismo de segunda instancia de los Consejos de Facultad y de los Comités a los cuales la Corporación o los estatutos y los reglamentos de la Universidad les haya asignado competencia precisa para decidir en primera instancia, en los actos académicos susceptibles de apelación.
- Establecer políticas para la definición del plan de trabajo de los profesores en relación con la investigación, la docencia directa, la extensión y la administración académica que deban cumplir los de dedicación exclusiva, de tiempo completo y de medio tiempo.
- Definir la política y las condiciones de admisión para los programas de pregrado y de posgrado.
- Fijar los cupos para la admisión de aspirantes a los programas de pregrado de la Universidad.
- Adoptar, a propuesta del Rector, el plan de capacitación docente y evaluarlo periódicamente.
- Trazar orientaciones generales para establecer los calendarios académicos y definir el calendario académico general.
- Decidir sobre asuntos académicos que no estén atribuidos a otra autoridad universitaria.
- Conceptuar ante el Consejo Superior y ante el Rector en los asuntos que ellos soliciten, o que establezcan los estatutos y los reglamentos de la Universidad.
- Darse su propio reglamento.
- Las demás que le señalen las leyes, estos estatutos y los reglamentos de la Universidad.





